Si trabajaste años cotizando en una AFP y después entraste a la planta de Carabineros, la PDI, Gendarmería o alguna de las ramas de las Fuerzas Armadas, tu pensión no sigue el camino que tenías planeado. La Ley 18.458 obliga a traspasar tus fondos completos desde la AFP hacia Capredena o Dipreca, según corresponda, y desde ese momento dejas el sistema de capitalización individual para entrar a uno financiado en gran parte con recursos fiscales. La diferencia de monto no es menor: la pensión promedio de retiro en Capredena pasó de 1.014.381 pesos en 2005 a 1.383.969 pesos en 2023, un alza real de 36,4%, y en el grado de Coronel el promedio llega a 3.512.391 pesos.
Qué cambia entre el sistema AFP y el sistema Capredena o Dipreca
| Aspecto | AFP | Capredena / Dipreca |
|---|---|---|
| Tipo de sistema | Capitalización individual | Reparto, con aporte fiscal mayoritario |
| Quién paga la pensión | Fondos acumulados en tu cuenta personal | Presupuesto público, según años de servicio |
| Requisito para pensión completa | Edad legal y fondos suficientes en tu cuenta | 20 años de servicio en la institución |
| Pensión promedio de retiro (2023) | Referencial, se completa con PGU o APS | 1.383.969 pesos en Capredena, hasta 3.512.391 en Coronel |
| Qué pasa al cambiar de sector | Tus fondos se traspasan por Ley 18.458 al ingresar a la institución | Bono de Reconocimiento si sales antes de los 20 años |
La tabla no compara peras con peras: Capredena y Dipreca no son AFP, son cajas de previsión con reglas propias. Por eso un dictamen de la Contraloría confirma que las AFP están obligadas a remitir los fondos completos de un afiliado que se incorpora a la planta institucional, sin que el trabajador pueda optar por quedarse en su AFP.
Entérate más: ¿Te corresponde el Bono de Reconocimiento por tus años en el INP?
Si pasas de una AFP a Carabineros o las Fuerzas Armadas
Verifica en qué institución quedas afiliado. El Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea cotizan en Capredena; Carabineros, la PDI y Gendarmería lo hacen en Dipreca.
Firma la solicitud de traspaso en tu AFP actual. El trámite se rige por los artículos 1 y 5 de la Ley 18.458 y se inicia en la misma AFP donde estás afiliado al momento de requerir el traspaso.
Considera el plazo real del trámite. Dipreca indica un promedio de 37 días hábiles, sin contar el tiempo que el expediente pasa en las reparticiones y en la Contraloría General de la República.
Revisa qué fondos se traspasan y cuáles no. El traspaso es total, con la excepción de las imposiciones paralelas anteriores a tu fecha de ingreso a la planta institucional, que se quedan fuera.
Guarda tu historial de cotizaciones en la AFP. Te sirve como respaldo si más adelante sales de la institución antes de completar los 20 años de servicio.
Si sales de Capredena o Dipreca antes de los 20 años
No todos los que entran a las Fuerzas Armadas o Carabineros terminan pensionándose ahí. Si te retiras antes de cumplir 20 años de servicio, no tienes derecho a pensión de retiro en Capredena o Dipreca, pero sí puedes acceder al Bono de Reconocimiento, regulado por el artículo 4 de la Ley 18.458.
Para tener derecho a este bono debes cumplir varios requisitos: haber sido imponente de Capredena o Dipreca por al menos 12 meses, haberte retirado sin derecho a pensión de retiro, y registrar al menos 12 cotizaciones mensuales dentro de los 5 años anteriores a tu salida. El bono se solicita ante la AFP donde vuelves a cotizar una vez que dejas la institución, no directamente en Capredena o Dipreca.
Este bono incorpora ese tiempo a tu cuenta de capitalización individual en la AFP, para que no se pierda al volver al sistema civil.
Si ya estás pensionado y vuelves a trabajar en el sector privado
El camino inverso también tiene reglas específicas. Un dictamen de la Dirección del Trabajo establece que un jubilado o pensionado de Capredena o Dipreca que sigue trabajando para una empresa del sector privado debe cotizar para pensión en una AFP, salvo que sea hombre mayor de 65 años o mujer mayor de 60 años.
En salud la regla es distinta y no tiene excepción por edad: mientras trabajes con contrato, debes cotizar siempre en Fonasa o en una Isapre, independientemente de si ya recibes tu pensión de Capredena o Dipreca.
Esto significa que volver al sector privado después de una carrera en las Fuerzas Armadas o Carabineros no te deja fuera del sistema AFP de forma automática, salvo que ya hayas superado la edad legal de jubilación.
Qué hacer con esta información
Si estás por entrar a la planta institucional, pide en tu AFP el detalle exacto de los fondos que se traspasarán antes de firmar. Si ya saliste de Capredena o Dipreca sin completar los 20 años, revisa con tu AFP actual si cumples los requisitos del Bono de Reconocimiento antes de que se te olvide el trámite.