¿Qué pasa si no pagas las contribuciones de tu casa?

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La cuarta cuota de las contribuciones de bienes raíces de 2026 vence el 30 de noviembre. Si tienes una o más cuotas atrasadas, la deuda no se queda quieta: se reajusta con el IPC y suma intereses por cada día de atraso. Desde 2025 además cambió la forma de calcular esos intereses, así que conviene revisar cuánto debes antes de que la Tesorería pase a la cobranza.

Cuándo y dónde se pagan

Las contribuciones se pagan en cuatro cuotas al año, con vencimiento el 30 de abril, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 30 de noviembre. Si la fecha cae en fin de semana o festivo, puedes pagar el día hábil siguiente sin recargo.

Se pagan a la Tesorería General de la República (TGR), no al SII. Tienes estas opciones:

  • En línea, en el sitio de la TGR: buscas tu propiedad por rol o dirección y pagas con cuenta bancaria o tarjeta. No necesitas clave para pagar, pero con ClaveÚnica o Clave Tributaria puedes guardar tus propiedades.
  • En bancos, CajaVecina o Sencillito: necesitas el aviso recibo de contribuciones, que puedes descargar desde la TGR o pedir en una oficina de ChileAtiende.
  • En oficinas de la TGR: puedes pagar cuotas al día o atrasadas.

Qué pasa si te atrasas

El primer efecto es el reajuste: la deuda se actualiza según la variación del IPC desde el vencimiento hasta el día en que pagas.

El segundo son los intereses. Hasta 2024, el interés por mora era un 1,5% fijo por cada mes o fracción de mes. La Ley 21.713, de cumplimiento tributario, lo cambió desde el 1 de enero de 2025: ahora es un interés diario que se calcula sobre la deuda reajustada. La tasa corresponde a la tasa corriente que publica la CMF para créditos de un año o más, de hasta 2.000 UF, más 3,5 puntos porcentuales. El SII la fija cada semestre, en junio y en diciembre.

Si la deuda sigue impaga, la TGR puede iniciar la cobranza judicial. En el último extremo, ese proceso puede terminar con el embargo y el remate de la propiedad. Antes de llegar ahí, la Tesorería suele notificar la deuda y ofrecer convenios de pago.

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Qué hacer según tu situación

Tu situación Qué te conviene hacer
Tienes una cuota vencida hace poco Págala cuanto antes en el sitio de la TGR: el interés es diario, así que cada día suma
Debes varias cuotas y no puedes pagarlas juntas Pide un convenio de pago con la TGR para pagar la deuda en cuotas
Tienes 60 años o más (mujer) o 65 o más (hombre) Revisa en el SII si te corresponde la rebaja de contribuciones
Recibiste una notificación de cobranza No la ignores: contacta a la TGR y pregunta por convenio antes de que avance el cobro judicial
Arriendas la propiedad Revisa qué dice tu contrato: la deuda sigue asociada a la propiedad aunque la pague el arrendatario

Las condiciones de los convenios, como el pie y el número de cuotas, dependen del monto y del tipo de deuda. La TGR las informa en su sitio web y en su centro de ayuda, al 600 4000 444.

La rebaja para personas mayores

Muchas personas mayores pagan contribuciones sin saber que podrían pagar menos o nada. Según ChileAtiende, la rebaja aplica si cumples estos requisitos al 31 de diciembre del año anterior:

  • Tener 60 años o más en el caso de las mujeres, y 65 o más en el de los hombres.
  • Ser dueño de una propiedad habitacional, a tu nombre o en conjunto con tu cónyuge o conviviente civil.
  • Que el avalúo fiscal de la propiedad no supere $224.577.396, y que la suma de todas tus propiedades no supere $300.021.365, con valores al 1 de julio de 2025.

La rebaja depende de tus ingresos: es del 100% si ganas hasta 13,5 UTA al año, y del 50% si ganas más de 13,5 y hasta 30 UTA.

No hay que postular. El SII revisa en agosto quiénes cumplen y la rebaja se aplica a las cuotas de septiembre y noviembre, y a las de abril y junio del año siguiente. Si crees que cumples y no recibiste la carta con la nueva propuesta de pago, puedes pedir una revisión en el SII.

Entérate más: Esto puede hacer la administración de tu edificio si debes gastos comunes

Antes del 30 de noviembre, entra al sitio de la TGR, busca tu propiedad por rol y revisa si tienes cuotas pendientes. Si debes más de una, pregunta por un convenio de pago antes de que la deuda siga creciendo.

Aviso importante: La información de este artículo tiene fines educativos y generales. No constituye asesoría financiera, legal ni tributaria personalizada. Antes de tomar decisiones sobre deudas, créditos, pensiones o procesos judiciales, consulta con un profesional o con la institución correspondiente (CMF, Superintendencia de Pensiones, SERNAC o SII). Los datos se verificaron a la fecha de publicación y pueden cambiar.
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