Tu liquidación de sueldo no muestra una línea llamada “SIS”, pero ese seguro está detrás de cada cotización que haces a tu AFP. Desde abril de 2026 la tasa subió de 1,54% a 1,62% de la renta imponible, según la Superintendencia de Pensiones, y la paga el empleador, no tú. Si eres independiente y cotizas por boleta de honorarios, en cambio, el efecto sí llega a tu bolsillo. La diferencia entre ambos casos es la parte que más confunde de este seguro.
Qué cubre el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia
- Invalidez no laboral: paga una pensión si quedas con una discapacidad que no proviene de un accidente de trabajo (eso lo cubre la mutual, no el SIS).
- Sobrevivencia: financia una pensión para tu cónyuge, hijos u otros beneficiarios legales si falleces antes de jubilar.
- Cesantes recientes: sigues cubierto hasta 12 meses después de tu última cotización, siempre que hayas cotizado al menos 6 de los 12 meses previos a quedar sin trabajo.
- Independientes mensuales: quienes cotizan mes a mes por su cuenta tienen la misma cobertura que un dependiente.
- Independientes por boleta de honorarios: la cobertura dura un año desde el pago de la retención anual, no se renueva automáticamente cada mes.
- Sin cotizar, sin cobertura: si eres independiente y nunca pagas tus cotizaciones (ni mensual ni por declaración de renta), el SIS simplemente no te cubre, aunque hayas cotizado en algún trabajo dependiente años atrás.
Cuánto cuesta según tu situación
| Situación | Tasa 2026 | Quién la paga | Se nota en tu líquido |
|---|---|---|---|
| Dependiente con contrato | 1,62% | Empleador | No |
| Independiente que cotiza mensual | 1,62% | El propio trabajador | Sí |
| Independiente vía boleta de honorarios | 1,49% | Retenido de la boleta | Sí, dentro de la retención |
| Meta reforma previsional (2033) | 1,88% | Empleador, dentro del 8,5% | No |
La tasa de 1,62% se calcula sobre la renta imponible hasta el tope de 89,9 UF (cerca de $3.675.500 en junio de 2026, según el Banco Central), el mismo techo que aplica a tu 10% de AFP y a salud.
Por qué no ves el SIS en tu liquidación si eres dependiente
El SIS es un costo de empresa, no un descuento a tu sueldo. Tu empleador paga 1,62% adicional sobre tu renta imponible, aparte del 10% que te descuenta para tu cuenta individual y de la comisión de tu AFP. Por eso dos personas con el mismo sueldo líquido pueden tener AFP distintas sin que el SIS cambie nada en lo que reciben cada mes.
Esto está cambiando de fondo con la Ley 21.735: desde agosto de 2026 el empleador ya aporta un 3,5% adicional sobre tu renta imponible, un aporte previsional nuevo que subirá de forma escalonada hasta 8,5% en 2033. Cuando el proceso termine, ese aporte se repartirá entre tu cuenta individual, un componente de compensación por expectativa de vida para mujeres y un SIS rediseñado de 1,88%. Mientras dura la transición, la Superintendencia de Pensiones sigue publicando la tasa del SIS actual por separado, así que revisa siempre la fecha de la cifra que estás mirando.
Entérate más: ¿Qué es la cotización por trabajo pesado y cuánto adelanta tu pensión?
Si cotizas por boleta de honorarios, el SIS sí te resta
Aquí está el cambio real para un trabajador independiente. La retención de tu boleta no separa el 10% de AFP, la salud y el SIS en líneas distintas para ti: todo sale del mismo porcentaje retenido, y lo que no se destina al SIS es lo que efectivamente llega a tu cuenta individual. Si declaras y pagas tus cotizaciones desde el portal de tu AFP en vez de esperar la declaración de renta, quedas bajo la tasa de cotización mensual (1,62%), no la de retención (1,49%), así que el monto que quieres reservar para tus cotizaciones no es el mismo en ambos caminos.
Para alguien con boleta de honorarios de $800.000 mensuales, ese medio punto de diferencia entre 1,49% y 1,62% equivale a unos $1.040 al mes: poco por sí solo, pero relevante si además calculas mal cuánto de tu retención realmente llega a tu pensión y cuánto se destina a seguros. La diferencia se nota más entre enero y abril, cuando muchos independientes recién están decidiendo si pagar sus cotizaciones dentro de la declaración de renta o hacerlo mes a mes durante todo el año siguiente.
Revisa tu cartola de la AFP o tu liquidación de sueldo y busca la línea de aporte del empleador antes de asumir que el SIS te está descontando algo que en realidad paga otra persona. Si cotizas por boleta de honorarios, simula ambos caminos (mensual vía AFP o retención anual) antes de decidir cuál te conviene, porque la diferencia entre 1,49% y 1,62% cambia según cuál elijas.