Si emites boletas de honorarios, ya notaste que te llega menos plata de la que aparece en el documento. Esa diferencia no es un error del cliente: es la retención que exige el SII, y desde el 1 de enero de 2026 subió a 15,25% del monto bruto, desde el 14,5% de 2025. Esa plata no desaparece. Se reconcilia en la Operación Renta del año siguiente, pero cada vez una parte mayor se destina a tus cotizaciones y una menor vuelve como devolución.
Qué cambia en 2026
- La tasa: 15,25% del monto bruto de cada boleta. Era 13,75% en 2024 y 14,5% en 2025; sube a 16% en 2027 y a 17% en 2028, cuando se estabiliza.
- Bruto y líquido: si acordaste un monto bruto, el líquido es ese monto multiplicado por 0,8475. Si acordaste un líquido, el bruto que debes emitir es ese monto dividido por 0,8475.
- Quién retiene: si emites la boleta a una empresa, ella retiene y paga al SII. Si la emites a una persona natural, tú mismo debes declarar y pagar ese monto.
- A dónde va: la retención ya no es solo un anticipo de impuesto. Con ella se pagan tus cotizaciones obligatorias de pensión, salud y seguros.
- Cuándo se reconcilia: lo que te retienen en 2026 se declara en la Operación Renta de abril de 2027.
Cómo calcular tu boleta
| Situación | Fórmula | Ejemplo |
|---|---|---|
| Conoces el monto bruto | Líquido = bruto × 0,8475 | Bruto $1.000.000 → líquido $847.500 |
| Necesitas un líquido exacto | Bruto = líquido ÷ 0,8475 | Líquido $1.000.000 → bruto $1.179.941 |
| Quieres saber la retención | Retención = bruto × 0,1525 | Bruto $1.000.000 → retención $152.500 |
El alza parece pequeña boleta a boleta. El propio SII lo ejemplifica con una boleta de $250.000: la retención pasa de $36.250 con la tasa de 2025 a $38.125 en 2026. Pero si facturas $1.000.000 al mes, pierdes unos $7.500 mensuales de liquidez frente a 2025, cerca de $90.000 en el año.
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Por qué no te devuelven toda la retención
La Ley 21.133 subió la retención desde 10,75% en 2019 para que alcance a financiar las cotizaciones obligatorias de los independientes. Si en el año emitiste boletas por cinco ingresos mínimos o más y no estás pensionado, en la Operación Renta se paga primero con lo retenido tu cotización de pensión, salud y seguros. Solo lo que sobra, después de cubrir también tu impuesto, vuelve a tu cuenta.
Para 2026 puedes elegir cotizar sobre el 80% o el 100% de tu renta imponible. Mientras más cotices, menos retención queda libre para devolución, pero más aportas a tu pensión y a tu cobertura de salud. Desde la Operación Renta 2028 la cotización será sobre el 100%.
Por eso quien emite boletas de forma regular suele ver una devolución cada vez menor. Quien emite pocas boletas al año, en cambio, puede seguir recibiendo buena parte de lo retenido.
Cuándo te lo devuelven, y cuánto
La devolución llega después de presentar tu declaración en abril. Para saber cuánto será, revisa en el sitio del SII el total retenido en el año, boleta por boleta, y simula tu declaración antes de enviarla. Elegir depósito en cuenta bancaria acelera el pago. Aunque tus ingresos del año hayan sido bajos, presenta igual tu declaración: es la única forma de recuperar lo retenido. Y si hiciste aportes a un APV régimen B, puedes rebajarlos de tu base imponible en la misma declaración, lo que puede aumentar tu devolución.
Si el total de tus rentas del año no supera el tramo exento del Impuesto Global Complementario, de 13,5 UTA anuales, no pagas impuesto adicional, y te devuelven prácticamente todo lo que no se fue a cotizaciones. Si además tienes sueldo como dependiente, ambas rentas se suman en la misma declaración: ahí es más probable superar el tramo exento y terminar pagando una diferencia, aunque tu empleador ya te haya descontado el impuesto mensual. Revisa también la propuesta del SII: puede tener errores si un cliente o empleador informó mal tus datos.
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Antes de emitir tu próxima boleta, confirma si acordaste el monto en bruto o en líquido, aplica la tasa de 15,25% y guarda cada comprobante. Cada enero, recalcula tus precios con la nueva tasa: el calendario hasta 2028 ya es conocido.