Exige la CAE antes de aceptar cuotas sin interés: ¿por qué es importante?

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Una multitienda te ofrece 12 cuotas sin interés para pagar un refrigerador de $450.000. Suena simple, pero la ley chilena obliga al proveedor a mostrarte otro número junto a ese “0%”: la Carga Anual Equivalente (CAE). Ese porcentaje, no la palabra “sin interés”, es el que revela si terminarás pagando exactamente lo mismo o más por comprometerte a cuotas fijas.

Cuotas con interés, sin interés y al contado

Modalidad Qué te muestran en la tienda Qué debes exigir Dónde se esconde el costo
Cuotas sin interés (0%) Precio dividido en cuotas iguales La CAE de esa promoción específica, no solo el “0%” Comisión de mantención de la tarjeta, seguros asociados, interés retroactivo si te atrasas
Cuotas con interés (tarjeta bancaria o de casa comercial) Tasa mensual o cuota fija con recargo CAE y Costo Total del Crédito (CTC) en la hoja resumen Interés sobre saldo, gastos de cobranza desde el día 15 de atraso
Pago al contado Precio de lista Que se vea con igual tamaño y contraste que el precio en cuotas Ninguno, salvo que pagues después del vencimiento facturado

Qué revisar antes de aceptar la promoción

  • Pide la CAE por escrito: debe figurar en la boleta, cotización o contrato de adhesión, no basta con que el vendedor te la diga de palabra.
  • Revisa la comisión de mantención de la tarjeta: una promoción “sin interés” puede convivir con un cobro mensual o anual por tener el plástico activo.
  • Compara el precio de contado en el mismo aviso: por ley debe mostrarse con tamaño y contraste igual o mayor que el precio en cuotas.
  • Anota la fecha exacta de cada cuota: un atraso puede activar interés sobre el saldo completo, no solo sobre la cuota vencida.
  • Guarda la hoja resumen del contrato: ahí debe constar el Costo Total del Crédito completo de la operación, no solo el valor de la cuota mensual.

Lee más: La tasa máxima de tu tarjeta de crédito depende del monto de tu cupo, no de tu banco

Por qué “sin interés” no siempre es costo cero

La Ley 20.555, conocida como Sernac Financiero, obliga a todo proveedor a informar la CAE en cualquier publicidad donde se mencione una cuota o una tasa de referencia, sea en televisión, prensa o un volante dentro de la tienda. El objetivo es que dos ofertas se puedan comparar con un solo número, en vez de confiar en la palabra “gratis” o “sin interés”.

El Sernac ya denunció ante la justicia a la multitienda Hites por publicitar una CAE de bajo costo en sus promociones de compra en cuotas con tarjeta propia, cuando el cálculo real no incluía todos los cargos asociados a la operación. La letra chica sí mencionaba esos costos, pero el aviso principal no los reflejaba en el porcentaje anunciado.

Además, el artículo 17 H de la Ley del Consumidor exige que cuando el descuento depende de pagar con la tarjeta del mismo proveedor, el precio al contado se muestre con igual tamaño y visibilidad que el precio promocionado. El Sernac fiscalizó este punto en el retail financiero durante 2026, tras detectar que algunas cadenas mostraban el precio en cuotas más grande que el de contado, lo que dificultaba comparar ambas opciones a simple vista antes de decidir.

Esta obligación aplica tanto si pagas con la tarjeta bancaria como con la de la propia multitienda (CMR Falabella, Ripley, ABC Din), y también cuando la promoción combina el producto con un servicio adicional, como un seguro o un plan de mantención. En ese caso, el proveedor debe informar el costo de cada parte por separado, con la misma relevancia que le da al precio conjunto.

Como referencia general, el Sernac recomienda que el total de tus cuotas y créditos mensuales no supere el 25% de tu ingreso líquido familiar, descontando gastos de vivienda. Ese porcentaje sirve para decidir si conviene sumar una cuota más, aunque venga marcada como “sin interés”.

Si tus ingresos son variables (honorarios o boleta)

Si emites boleta de honorarios o tu ingreso cambia mes a mes, una cuota fija “sin interés” es más riesgosa que para alguien con sueldo dependiente estable. El beneficio de 0% desaparece completo si te atrasas un solo pago: la ley permite cobrar interés y gastos de cobranza desde el día 15 de atraso, aplicados sobre el saldo pendiente, no solo sobre la cuota vencida. Antes de aceptar, calcula si puedes cubrir esa cuota incluso en el mes de menor ingreso del año, no solo en un mes promedio.

Antes de firmar cualquier compra en cuotas, pide la CAE por escrito y compárala con el precio de contado exhibido en el mismo aviso. Si la tienda no te la entrega de inmediato, es una señal para pagar al contado o buscar otra alternativa.

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