¿Se heredan las deudas en Chile cuando fallece el deudor?

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Cuando un padre, una madre o un cónyuge fallece con una deuda personal pendiente (un crédito de consumo, una tarjeta de casa comercial, un crédito hipotecario), el banco no la da por cerrada. La cobranza sigue, ahora dirigida a la familia. Por ley, según el artículo 1097 del Código Civil, los herederos representan al fallecido en sus derechos y obligaciones transmisibles, sin distinguir entre bienes y deudas.

Eso significa que hijos y cónyuge pueden terminar respondiendo con su propio patrimonio (su auto, sus ahorros, incluso su vivienda) si aceptan la herencia sin revisar antes cuánto debía el fallecido. Existe una forma legal de evitarlo, pero el plazo para actuar es corto y el primer error suele cometerse antes de pisar una notaría.

¿Qué heredas según cómo aceptes la herencia?

La forma en que aceptas la herencia determina si las deudas del fallecido quedan limitadas a lo que recibiste o si comprometen también lo que ya era tuyo antes de su muerte.

Forma de aceptar Qué pasa con las deudas Qué pasa con tu patrimonio personal
Aceptación pura y simple Asumes todas las deudas del fallecido, sin límite de monto Tus bienes propios pueden usarse para pagarlas si lo heredado no alcanza
Aceptación con beneficio de inventario Solo respondes hasta el valor de los bienes heredados Queda protegido, separado de la masa hereditaria
Repudio de la herencia No heredas deudas, pero tampoco bienes Sin riesgo, aunque renuncias a todo lo que dejó el fallecido

La aceptación pura y simple es la opción por defecto si no declaras nada distinto durante el trámite. Muchas familias caen en ella sin darse cuenta, simplemente por no informarse antes de solicitar la posesión efectiva.

Cómo protegerte antes de firmar cualquier cosa

  • No uses ni vendas bienes del fallecido todavía: hacerlo (retirar dinero de su cuenta, vender su auto, cobrar un crédito a su favor) se interpreta como “acto de heredero” y puede hacerte perder el derecho a acogerte al beneficio de inventario.
  • Pide un certificado de deuda a cada banco, casa comercial o entidad donde el fallecido tenía créditos vigentes, antes de decidir si aceptas o repudias la herencia.
  • Solicita la posesión efectiva ante el Registro Civil (sin costo en la mayoría de las sucesiones intestadas cuando el patrimonio es acotado) y declara expresamente el beneficio de inventario dentro de ese mismo trámite.
  • Revisa si existe un seguro de desgravamen asociado al crédito, especialmente en hipotecarios o consumos de montos altos.
  • Considera repudiar la herencia si las deudas conocidas superan claramente el valor de los bienes que dejó el fallecido.

El seguro de desgravamen puede borrar la deuda más grande

Según la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el seguro de desgravamen es exigido por la entidad crediticia y cubre el saldo insoluto de la deuda por muerte del deudor asegurado. En un crédito hipotecario, esto suele significar que la compañía de seguros paga directamente al banco y la propiedad queda libre de esa deuda para los herederos.

El problema es que este seguro casi nunca cubre créditos de consumo pequeños, tarjetas de casas comerciales ni deudas informales. Esas sí pasan íntegras a la masa hereditaria. Tampoco desaparecen las deudas tributarias: el Servicio de Impuestos Internos confirma que se heredan igual que cualquier otro pasivo, conforme a la Ley 16.271, y deben registrarse en el inventario antes de calcular lo que corresponde a cada heredero.

Entérate más: ¿Cuánto dura una deuda impaga en el Boletín Comercial?

Si firmaste como aval, codeudor o estabas casado en sociedad conyugal

Aquí la mayoría de las familias se confunde. Ser heredero y ser responsable directo de una deuda son cosas distintas, y pueden coincidir en la misma persona sin que una dependa de la otra.

Si firmaste como aval o codeudor solidario de un crédito que pidió el fallecido, esa responsabilidad es tuya desde el día en que firmaste, no desde su muerte. Repudiar la herencia no te libera de esa deuda: el banco puede cobrarte igual, como codeudor, con total independencia de si aceptaste o no lo que dejó.

Si el matrimonio estaba bajo sociedad conyugal, los bienes sociales pueden responder por deudas que contrajo cualquiera de los dos cónyuges durante el matrimonio, un asunto del régimen patrimonial y no de la sucesión. Bajo separación de bienes, en cambio, el cónyuge sobreviviente solo responde por esas deudas en su calidad de heredero, con las mismas opciones de la tabla anterior.

Antes de firmar la aceptación de una herencia, junta los certificados de deuda de cada institución donde el fallecido tenía créditos, calcula el valor real de lo que dejó y solicita el beneficio de inventario dentro del plazo que fija el Registro Civil. Esa decisión, tomada a tiempo, es la diferencia entre heredar un problema acotado o heredar una deuda sin techo.

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